|
Marco Legal De La ESPOCH |
|
|
Ley Orgánica De Educación Superior |
|
- Art. 17 inciso 4.- “... debe desarrollarse un plan estratégico para el mediano y el largo plazo, que contemple la misión, visión, objetivos, estrategias, líneas de acción y resultados”.
- Disposición General Segunda.- “Todos los centros de educación superior elaborarán planes operativos cada año y un plan estratégico de desarrollo institucional concebido a mediano y largo plazo, según su propia orientación, que contengan los siguientes aspectos: visión, misión, estrategia, objetivos, resultados esperados y líneas de acción. Cada institución deberá realizar una evaluación de estos planes y elaborar el correspondiente informe, que deberá ser presentado al CONESUP y al Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación”.
|
|
Ley Orgánica De Responsabilidad, Estabilización Y Transparencia Fiscal |
|
- Art. 2.- De los planes institucionales “Cada institución del sector público no financiero elaborará el plan plurianual institucional para cuatro años y planes operativos anuales que servirán de base para la programación presupuestaria y los remitirá al Ministerio de Finanzas, con la proforma presupuestaria correspondiente.
|
|
Estatuto Politécnico |
|
|
|
|
|
|
|